La Fiscalía General del Estado (FGE) concluyó de manera formal la presentación de sus pruebas en la audiencia de juicio que se sigue contra 17 personas, entre ellas el actual alcalde del cantón José A., por el presunto delito de peculado en el denominado Caso Ornato Municipal. La investigación, centrada en el Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) Municipal de Pujilí, en la provincia de Cotopaxi, apunta a una supuesta estructura de corrupción conformada por altos funcionarios locales y contratistas privados.  Los presuntos implicados operaron de manera coordinada para adjudicar y justificar de forma irregular cuatro contratos de obras públicas financiados íntegramente con recursos municipales. El perjuicio económico estimado dentro de esta causa supera los 300.000 dólares.

El «Modus Operandi»: Obras ejecutadas antes de los contratos De acuerdo con la línea técnica de la Fiscalía, la supuesta red delictiva incurrió en un desfase administrativo y legal crítico: la construcción de las infraestructuras y la siembra de vegetación ornamental bajo investigación se ejecutaron de manera real durante el año 2023. Sin embargo, los procesos de adjudicación formal y las firmas de los contratos correspondientes se legalizaron recién en 2024, con el presunto fin de simular procesos lícitos y justificar egresos de fondos que ya habían ocurrido de forma irregular. Para la ejecución previa de los trabajos se habrían empleado, además, materiales y personal de la propia municipalidad. Los cuatro contratos bajo la lupa de la justicia corresponden a proyectos específicos de adecuación urbana y ornato:                      Construcción de dos óvalos artísticos.                       Adquisición de una amplia variedad de plantas ornamentales.               Colocación de esculturas de patos silvestres.          Adquisición e instalación de palmeras.                            Informes técnicos delatan las inconsistencias, las pericias multidisciplinarias articuladas por los agentes investigadores arrojaron discrepancias determinantes en cuatro ejes esenciales:

Financiera: Se identificaron egresos y pagos económicos cuyos hechos generadores carecían de sustento técnico o legal justificable. De igual manera, se detectaron pagos dirigidos a la contratista encargada de las plantas que, de forma sospechosa, aparecían bajo la figura de una supuesta donación efectuada por una funcionaria del mismo municipio.

Contratación Pública: Se confirmó que los cuatro convenios se formalizaron en 2024, omitiendo deliberadamente que la plantación y las obras civiles ya se encontraban físicamente terminadas desde el año fiscal anterior (2023).

Agronomía: El inventario pericial de campo y el conteo físico de las especies vegetales frente a los montos contractuales establecidos determinaron una diferencia económica y un desfase financiero superior a los 70.000 dólares únicamente en dos de los contratos analizados.

Criminalística: Peritos de la institución lograron materializar chats, mensajes de texto y comunicaciones extraídas legalmente de los dispositivos móviles incautados durante los allanamientos del caso. El contenido de estas conversaciones corrobora de manera directa que las obras ya estaban en funcionamiento antes de que se diera inicio a los concursos precontractuales.

Para sustentar formalmente la acusación de peculado en la audiencia, la Fiscalía General del Estado desplegó un robusto arsenal probatorio compuesto por:

22 Testigos civiles, técnicos y policiales que rindieron su declaración sobre las anomalías operativas del GAD.

8 Peritos especializados en materias financieras, informáticas y de infraestructura pública.

329 Documentos de soporte, que integran contratos, facturas, bitácoras de obra e informes de auditoría.

Tras la conclusión del dictamen fiscal, corresponderá en adelante al Tribunal de Garantías Penales la valoración estricta y conjunta de todas las pruebas aportadas por las partes procesales antes de emitir la sentencia correspondiente, la cual contempla penas de prisión que van desde los 5 hasta los 13 años de privación de libertad, de conformidad con la legislación penal vigente en el Ecuador.

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